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jueves, 29 de enero de 2015

Tener una persona con discapacidad intelectual supone para la familia un sobreesfuerzo económico anual de 24.237€


Según un estudio realizado por FEAPS

· Así lo muestra el Informe “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad intelectual o del desarrollo ocasiona en la familia en España 2014”, presentado esta mañana por la Confederación española de organizaciones en favor de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo (FEAPS).
· Los recortes en la Ley de Autonomía Personal, el establecimiento de copago de servicios sociales básicos en muchas comunidades, así como la falta de apoyos, colocan a las personas con discapacidad intelectual y a sus familias ante un claro riesgo de exclusión social.

Madrid, 28 de enero de 2015. Esta mañana se ha presentado en Madrid el Informe: “El sobreesfuerzo económico que la discapacidad intelectual o del desarrollo ocasiona en la familia en España 2014”, elaborado por FEAPS con la colaboración de Zohar Consultoría & Marketing Social. Tal y como ha destacado el Vicepresidente de FEAPS, Juan Pérez, en su presentación, “los datos que aquí se recogen ponen de manifiesto que las familias que tienen en su seno a una persona con discapacidad intelectual o del desarrollo asumen un sobreesfuerzo económico que en los últimos años se ha visto agravado por los recortes sociales y el actual sistema de copago de la “Ley de promoción de la Autonomía Personal”.

A continuación el consultor Ricard Valls se ha encargado de resaltar los principales datos que ofrece el Informe. La media de sobreesfuerzo asumido por las familias de personas con discapacidad intelectual en nuestro país es de 24.237€ (lo que equivale a un 106% del salario medio anual en 2014, situado en 22.727€). En las personas con mayor necesidad de apoyo este sobreesfuerzo se sitúa por encima de los 47.129€. Este sobreesfuerzo se explica por tres razones fundamentales:
.- Menores ingresos de las personas con discapacidad intelectual. De este colectivo sólo 1 de cada 4 personas trabaja, lo que corresponde a una tasa de actividad del 28% frente al 77% del conjunto de la población. La tasa de paro es del 35% y el salario medio es de un 56% menor (8.626€ frente a 15.069€) que una persona que no tiene una discapacidad intelectual.
.- Costes específicos derivados de la propia discapacidad. Existe un aumento de los costes en farmacia, transporte, ocio, cuidados, que puede alcanzar los 2.609€ en aquellas personas con mayores necesidades de apoyo.
.- Establecimiento del copago de servicios sociales. Establecido en algunas comunidades autónomas en aplicación de la Ley de Autonomía Personal, este copago supone el 24% del sobreesfuerzo de las familias (por ejemplo, una media de 5.760€ en una residencia). En muchas de estas comunidades, el importe del copago es superior a los ingresos por prestaciones o salarios de las personas con discapacidad.
Este sobreesfuerzo –año a año–, incide en la pérdida de capacidad adquisitiva, ocasionando una situación de empobrecimiento que en muchos casos pone en grave riesgo de exclusión social a muchas estas familias. Las actuales condiciones impiden que muchas personas con discapacidad intelectual puedan desarrollar un proyecto de vida digna. Por ello, FEAPS exige una legislación que articule las necesidades de estas personas, tanto desde dentro como fuera del Sistema de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia. Asimismo, el establecimiento del copago de los servicios sociales más básicos anula por completo la política social en España. Por ello, FEAPS se ha unido al CERMI y el resto de organizaciones de la discapacidad en la petición de acabar con el copago confiscatorio a través de una Iniciativa Legislativa Popular (#NoAlCopagoConfiscatorio).

jueves, 22 de enero de 2015

FEAPS se congratula de la retirada de las medidas de seguridad planteadas por el Gobierno en la reforma del Código Penal

FEAPS muestra su satisfacción y agradece al Gobierno y a los grupos parlamentarios la retirada definitiva de las medidas de seguridad planteadas inicialmente en la reforma del Código Penal, que suponían una clara discriminación por razón de discapacidad.
El pasado 14 de enero, FEAPS presentó su informe sobre “Las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en el proceso penal”, en donde mostraba sus argumentos en contra de esta reforma.
Madrid, 22 de enero de 2015. El Congreso de los Diputados aprobó ayer la reforma del Código Penal con la retirada de las medidas de seguridad inicialmente planteadas, que establecían la imposición con carácter indefinido, de medidas de seguridad privativas de libertad a personas con discapacidad intelectual bajo un supuesto de especial peligrosidad por el simple hecho de tener discapacidad. Algo que, según FEAPS, es claramente contrario o lo establecido por la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (que en su artículo 5 prohíbe expresamente “toda discriminación por razón de discapacidad”).
La Confederación española de organizaciones en favor de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo (FEAPS), junto a CERMI y otras organizaciones como FEAFES, se ha opuesto claramente a estas medidas. En este sentido, el presidente de FEAPS, Santiago López Noguera, ha declarado que “una discapacidad o una enfermedad mental nunca puede ser la causa última que justifique que una medida de seguridad privativa de libertad se pueda prolongar indefinidamente en el tiempo, y menos bajo un supuesto de especial peligrosidad de estas personas”.
Por todo ello, FEAPS muestra su satisfacción y agradece al Gobierno y a todos los grupos parlamentarios en el Congreso la retirada de estas medidas de seguridad de la reforma definitiva aprobada ayer.
En el informe de FEAPS “Las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en el proceso penal”, presentado el pasado miércoles en la sede del Consejo General del Poder Judicial, aparece como anexo el posicionamiento adoptado por FEAPS ante esta reforma, redactado por el coordinador de su Red de Juristas, Torcuato Recover. Junto a ello, también se incluye en informe sobre la misma realizado por Carlos Ríos, experto del Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, a petición del CERMI.

miércoles, 14 de enero de 2015

FEAPS analiza la situación de las personas con discapacidad intelectual ante el proceso penal

Estudio realizado por la Red de Juristas de FEAPS

· En la actualidad, aproximadamente un 6,5% de la población reclusa tiene discapacidad intelectual o enfermedad mental, lo que supone una prevalencia muy superior a la de población no reclusa. De estas personas, casi un 70% llega a prisión sin que se haya detectado de forma previa la existencia de su discapacidad.

· El nuevo libro de la Colección FEAPS “Las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo ante el proceso penal analiza esta situación y hace propuestas para mejorarla. Coincidiendo con su presentación, el Gobierno ha anunciado la retirada de la Reforma del Código Penal en materia de medidas de seguridad.

Madrid, 14 de enero de 2015. FEAPS ha presentado hoy en la sede del Consejo General del Poder Judicial (Madrid) un importante estudio titulado “Las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo ante el proceso penal”, que analiza la situación de este colectivo durante los procesos, así como el cumplimiento de condenas y medidas de privación de libertad derivadas del mismo.
El estudio –realizado por la Red de Juristas de FEAPS bajo la coordinación de Torcuato Recover e Inés de Araoz–, desvela unos datos graves y elocuentes: la prevalencia de la discapacidad intelectual o la enfermedad mental es muy superior (6,5%) en la población reclusa que en el resto de la población. Además, el número de personas que ingresa en prisión sin que se haya detectado previamente su discapacidad intelectual alcanza el 70%. Estos datos demuestran el fracaso de un sistema que o bien no logra identificar esa alteración cognitiva a lo largo del proceso penal, o si lo hace, únicamente es capaz de responder imponiendo penas o medidas privativas de libertad.
El documento que FEAPS ha realizado con apoyo del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, analiza y establece un posicionamiento respecto a esta disfuncional situación y a las necesidades de las personas con discapacidad intelectual sometidas a un proceso penal, utilizando como hilo conductor el propio procedimiento judicial.
En la presentación de este informe ha participado el Presidente del Foro Justicia y Discapacidad (Consejo General del Poder Judicial), Juan Manuel Fernández; el Patrono de la Fundación Abogacía Española, Jesús López-Medel; el Subdirector General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria (Instituciones Penitenciarias), Javier Nistal; la Inspectora Jefe de la Sección SAF Central (Comisaría General de Policía Judicial), Astrid Díez; el Formador de FEAPS en Acceso a la Justicia de personas con discapacidad intelectual, Jordà Vives; y el Coordinador de la Red de Juristas de FEAPS, Torcuato Recover.
Coincidiendo con esta presentación, el Gobierno ha anunciado la retirada de la reforma del Código Penal en material de medidas de seguridad, algo que FEAPS –junto al CERMI y FEAFES–, venía reclamando, por considerar esta reforma discriminatoria y claramente contraria a la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad. Tal y como se expone en el Anexo de este estudio, la existencia de una discapacidad intelectual o del desarrollo no puede ser la causa última que motive que la aplicación de una medida de seguridad privativa de libertad se pueda prolongar indefinidamente en el tiempo.
Junto al diagnóstico de la situación y de las necesidades de estas personas en el proceso penal, la Red de Juristas de FEAPS expone en el libro algunas propuestas y recomendaciones que pueden resultar de mucha utilidad a todas las partes implicadas en procedimientos de este tipo.